Dirección General de Control de la Calidad Ambiental y de los Recursos Naturales

Ing. Ulises Lovera

Director General

La Dirección General de Control de la Calidad Ambiental y de los Recursos Naturales deberá formular, coordinar, supervisar, evaluar y ejecutar, de modo compartido con los gobiernos departamentales y las municipalidades, programas, proyectos, actividades de: evaluación de los estudios sobre los impactos ambientales y consecuentes autorizaciones; control, fiscalización, monitoreo y gestión de la calidad ambiental.

La Dirección General de Control de la Calidad Ambiental y de los Recursos Naturales estará conformada por las siguientes direcciones: Dirección de Control de la Calidad Ambiental, Dirección de Evaluación de Impacto Ambiental, Dirección de Fiscalización y tendrá las siguientes atribuciones:

  1. Promover la preservación de la naturaleza y ambientes libres de contaminación.

  2. Asistir al Secretario del Ambiente en la elaboración de la política nacional vinculada al control de la calidad ambiental, en todo lo relativo a la fijación de normas e indicadores de calidad del ambiente, los instrumentos de control ambiental, análisis y prevención de los procesos de contaminación, todo ello en el marco de una estrategia de descentralización a los gobiernos departamentales y municipales.

  3. Fiscalizar permanentemente los recursos ambientales considerando la compatibilización del desarrollo económico con la protección del ambiente y el equilibrio ecológico.

  4. Elaborará con el área de salud ambiental del MSP y BS la Normativa en materia de residuos peligrosos.

  5. Proponer y promover regímenes normativos, mecanismos institucionales y acciones que tiendan a mejorar la calidad ambiental y evitar delitos ecológicos.

  6. Promover y supervisar diagnósticos de situación y evaluaciones ambientales.

  7. Proponer acciones tendientes a la preservación y mejoramiento del patrimonio ambiental.

  8. Analizar Proyectos de licenciamiento de actividades potencialmente contaminadoras.

  9. Promover acciones de prevención y mitigación de los impactos ambientales, asesorando y coordinando el cumplimiento de las mismas en los departamentos y municipios y cuando correspondiere, lograr la asistencia de organismos nacionales e internacionales.

  10. Promover sistemas de manejo ambiental que incluyan instrumentos idóneos para la aplicación de los mismos tales como evaluación y estudios de impacto ambiental, monitoreo, auditoria, certificaciones ambientales y acuerdos voluntarios.

  11. Promover el control y fiscalización de las actividades tendientes a la explotación de bosques, flora, fauna silvestre y recursos hídricos, autorizando el uso sustentable de los mismos y la mejoría de la calidad ambiental, basado en estudios científicos y en planes aprobados por las Direcciones Generales temáticas acuerdo de otras Direcciones.

  12. Fiscalizar y controlar el comercio y la cría de especies nativas de la fauna y flora.

  13. Fungirá como Autoridad Administrativa de CITES.

  14. Fiscalizará la utilización de los recursos hídricos para la protección de los ecosistemas y de la biodiversidad.

 
 
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